El Tribunal Superior de Justicia, ha estimado el recurso presentado por la REFTA contra una anterior resolución de la Subsecretaría de Interior con referencia a las competencias de la emisión de una tarjeta deportiva.
Como resumen, el TSJ se pronuncia desestimando la anterior resolución de la Subsecretaría de Interior y en el sentido de que las únicas tarjetas deportivas válidas para la tenencia de armas de la categoría 7º.5 del Reglamento de Armas son las emitidas por las Federaciones Deportivas.
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